Caso 1016
El demandante, una empresa alemana, solicitó que se anulara una notificación de arbitraje que había enviado el demandado, una empresa canadiense. El demandante sostuvo que el demandado, que en el proceso de arbitraje estuvo representado por su presidente, incumplió las normas imperativas de Quebec según las cuales, en procedimientos judiciales, las empresas debían estar representadas por abogados, y por ello la controversia ya no se podía someter al arbitraje. El tribunal desestimó la solicitud basándose en un principio general según el cual las cuestiones jurisdiccionales las debían resolver los tribunales arbitrales en primer lugar. Además, reconoció que, en virtud de artículo 8, párrafo 1) de la Ley Modelo sobre Arbitraje, los tribunales, en determinadas circunstancias, podían fallar inmediatamente acerca de la eficacia de los acuerdos de arbitraje, pero consideró que esa disposición se aplicaba únicamente en el caso de que un demandado solicitara la remisión de una actuación judicial a arbitraje. En caso de autos no había ninguna actuación pendiente en los tribunales, porque la demanda se había interpuesto inicialmente ante un tribunal arbitral. Por ello se estimó que la solicitud no era admisible.
Caso 1016: LMA 5, 8 1), 16 1) - Canadá: Tribunal de Apelación de Quebec, Núm. 200-09-006066-077 (200-17-007706-062), Dens Tech-Dens, k.g. v. Netdent-Technologies, Inc. (26 de junio de 2008), resumen preparado por Frédéric Bachand, consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/102.