Caso 16
El nivel de examen adecuado de los laudos arbitrales es el que mantiene la autonomía del foro escogido por las partes y reduce al mínimo la intervención judicial.
Quintette, empresa canadiense, convino en suministrar carbón al demandado, empresa japonesa. Su acuerdo preveía que toda controversia contractual se sometería a arbitraje vinculante con arreglo al derecho de la Columbia Británica. De este modo, una controversia sobre la interpretación de una cláusula del contrato relativa a un mecanismo de fijación de precios se sometió a arbitraje, y se pronunció el laudo correspondiente. Quintette, basándose en los artículos 5 y 34 de la Ley Modelo, promulgada por la International Commercial Arbitration Act, Statutes of British Columbia, 1986, c.14, pidió la anulación del laudo por considerar que los árbitros se habían excedido en su competencia al tratar una cuestión no contemplada o no incluida en el ámbito de aplicación del arbitraje.
El Tribunal de Apelación mantuvo el laudo convalidado por el tribunal inferior. Señaló asimismo la tendencia mundial a limitar el ámbito de la intervención judicial en el arbitraje comercial. El laudo podía justificarse con arreglo a las condiciones del contrato, de modo que el Tribunal no podía intervenir en virtud del párrafo 2) a) iv) del artículo 34 de la British Columbia Act (idéntico al párrafo 2) a) iii) del artículo 34 de la Ley Modelo).
(Con fecha 13 de diciembre de 1990, el Tribunal Supremo del Canadá no concedió autorización para recurrir la sentencia del Tribunal de Apelación de la Columbia Británica.)
Caso 16: LMA, 1; 5; 23 1); 34, especialmente el párrafo 2) a) iii) - Canadá: British Columbia Court of Appeal (Hutcheon, Proudfoot and Giggs JJ.A.), Quintette Coal Limited v. Nippon Steel Corp. et al. (24 de octubre de 1990), consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/1.