Puerto Rico
Artículo 3.01. – Número de árbitros
Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros. A falta de tal acuerdo, los árbitros serán tres.
Artículo 3.01. – Número de árbitros
Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros. A falta de tal acuerdo, los árbitros serán tres.