Caso 449

El demandante contrató con el demandado proporcionar sistemas de tuberías. Después de terminadas las instalaciones, el demandante afirmó que se le debía dinero y puso pleito. Los demandados pidieron la suspensión de esas actuaciones a favor del arbitraje, lo que les fue concedido (LMA 8 1)). El demandante apeló contra el otorgamiento de la suspensión. El tribunal estimó que la cláusula 12 del contrato, la cláusula de solución de controversias, sólo resultaba aplicable cuando “cualquier controversia o diferencia de cualquier tipo” entre las partes no pudiese resolverse de mutuo acuerdo. Cuando se diera tal situación y se aplicara la cláusula 12, el
demandado debía exponer su decisión respecto del fondo de la controversia e informar al demandante de esa decisión, tras lo cual, el demandante, si no estaba de acuerdo con la decisión, tenía 15 días para notificar al demandado que deseaba someter a arbitraje la controversia. La decisión del demandado sobre el fondo de la controversia permanecería vinculante entre las partes hasta el fin del contrato.

Había acuerdo en que procedía aplicar la cláusula 12. El demandado había formulado una decisión acerca del fondo de la controversia. Había también acuerdo en que el demandante no había notificado al demandado su desacuerdo con la decisión dentro del plazo exigido. El demandado supuso que el único método de solución de controversias era mediante el arbitraje y que ese derecho se había perdido al no haber objetado el demandante en el plazo prescrito. El demandante apeló contra esa decisión. El demandante argumentó que no tenía que someter la controversia a arbitraje y, puesto que elegía la vía judicial y que solamente el demandante tenía la facultad de decidir, el arbitraje no podía llevarse a la práctica ni tener efecto (LMA 8 1)). El tribunal declaró que se haría una interpretación excesiva del artículo 8 1) de la LMA si se considerara ineficaz un acuerdo de esa naturaleza por la razón de que la parte con derecho a optar por el arbitraje decidiera no ejercer ese derecho. En consecuencia, la cláusula no era ineficaz.

El tribunal llegó igualmente a la conclusión de que una cláusula, como la cláusula 12, que daba sólo a una de las partes el derecho a optar por el arbitraje era un acuerdo de arbitraje en el sentido de los artículos 7 1) y 8 1) de la LMA. El Tribunal de Apelaciones desestimó la apelación y ordenó la suspensión de las actuaciones (LMA 8 1)).

Caso 449: LMA 7 1); 8 1) - Hong Kong: High Court of Hong Kong Special Administrative Region, Court of Appeal (Keith J. A., Cheung J.), China Merchant Heavy Industry Co. Ltd. v. JGC Corp. (4 de julio de 2001), resumen preparado por Ben Beaumont, consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/39.