Acta resumida de la 330ª sesión de la CNUDMI (A/CN.9/SR.330).
Artículo 8. Acuerdo de arbitraje y demanda en cuanto al fondo ante un tribunal (continuación)
43. El Sr. BROCHES (Observador del Consejo Internacional de Arbitraje Comercial) apoya la sugerencia de la Secretaría referente al epígrafe del capítulo relativo al artículo 8.
44. El PRESIDENTE dice que duda si es realmente necesario algún cambio, porque el nuevo párrafo (1 bis) del artículo 1 especifica que la limitación territorial no se aplica a los artículos 35 y 36.
45. El Sr. SZASZ (Hungría) apoyado por el Sr. LEBEDEV (Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas) pregunta si en la versión definitiva de la ley modelo se mantendrán la nota al título del artículo 1 y en general los epígrafes de los artículos.
46. El Sr. HERRMANN (Subdivisión de Derecho Mercantil Internacional) explica que si bien la práctica difiere, se ha estimado útil en la ley modelo indicar que los epígrafes no forman parte de la decisión de la Comisión, sino que se han incluido sólo para facilitar la referencia y no deben utilizarse para fines de interpretación. Corresponde a cada Estado decidir si desea incluir el objetivo de los epígrafes.
47. El PRESIDENTE dice que entiende que no hay objeciones para que la nota se mantenga.
48. Así queda acordado.