Artículo 10. Número de árbitros

1) Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros.

2) A falta de tal acuerdo, los árbitros serán tres.

Comentarios del autor

  • 16. NÚMERO DE ÁRBITROS (ART. 10, LM)

    Esta disposición –al igual que muchas otras en la Ley Modelo– tiene una doble finalidad. Por una parte, tutela la libertad de las partes, y por otra, señala un régimen supletorio o subsidiario en caso de que las partes sean omisas en pactar el número de árbitros. Con respecto al primer objetivo del artículo, velar… Leer completo

Trabajos preparatorios

  • Informe de la CNUDMI sobre la labor realizada en su 18° período de sesiones (A/40/17).

    Número de árbitros 98. El texto del artículo 10 examinado por la Comisión fue el siguiente: “1) Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros. 2) A falta de tal acuerdo, los árbitros serán tres.” 99. La Comisión aprobó el artículo.

  • Acta resumida de la 312ª sesión de la CNUDMI (A/CN.9/SR.312).

    Capítulo III. Composición del tribunal arbitral Artículo 10. Número de árbitros 52. El Sr. SCHUMACHER (República Federal de Alemania) dice que su delegación ha propuesto por escrito (A/CN.9/263, pág. 23) que en el capitulo III se mencione el principio de que la composición del tribunal arbitral debe garantizar una decisión imparcial: al parecer, esa es la directriz… Leer completo

  • Acta resumida de la 332ª sesión de la CNUDMI (A/CN.9/SR.332).

    Artículos 9 y 10 28. Quedaron aprobados los artículos 9 y 10 sin modificaciones.

  • Nota de la Secretaría: Posibles características de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional: Cuestiones para los debates del Grupo de Trabajo (A/CN.9/WG.II/WP.35).

    C. CUESTIONES QUE PODRÍAN TRATARSE EN LA LEY MODELO: LISTA ANOTADA DE CUESTIONES […] III. Árbitros […] 3. Número de árbitros (informe, párr.67) Cuestión 3-7: ¿Debe contener la ley modelo alguna disposición preceptiva acerca del número de árbitros? Cuestión 3-8: ¿Deben incorporarse normas complementarias para aquellos casos en que las partes no hayan acordado el número de árbitros?

  • Nota de la Secretaría: Ley modelo sobre arbitraje comercial internacional. Proyecto de artículos 1 a 24 sobre ámbito de aplicación, acuerdo de arbitraje, árbitros y procedimiento arbitral (A/CN.9/WG.II/WP.37).

    III. Árbitros […] 3.- 4. Número y nombramiento de árbitros25 Artículo 13 1) En el arbitraje regido por esta Ley, pueden ser nombrados como árbitros los ciudadanos de cualquier Estado. 2) Un acuerdo arbitral no será válido [si] [en la medida en que]26 otorga a una de las partes una posición predominante con respecto al nombramiento… Leer completo

  • Nota de la Secretaría: Ley Modelo sobre arbitraje comercial internacional. Proyectos de artículo revisados I a XXVI (A/CN.9/WG.II/WP.40).

    D. COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL Articulo VII El número de árbitros será determinado libremente por las partes. Si las partes no lo determinan, [se nombrarán tres árbitros][se nombrará un solo árbitro].

  • Documentos de trabajo presentados al Grupo de Trabajo en su sexto período de sesiones: Ley modelo sobre arbitraje comercial internacional. Nuevo texto de los artículos I a XII sobre ámbito de aplicación, disposiciones generales, el acuerdo de arbitraje y los tribunales y composición del tribunal arbitral: nota de la secretaría (A/CN.9/WG.II/WP.45).

    1) El número de árbitros será determinado libremente por las partes. 2) Si las partes no lo determinan, lo árbitros serán tres.

  • Nota de la Secretaría: Proyecto de texto compuesto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional (A/CN.9/WG.II/WP.48).

    CAPITULO III. COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL Articulo 10. Número de árbitros 1) Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros. 2) A falta de tal acuerdo, los árbitros serán tres.

  • Informe del Secretario General: Posibles características de una ley modelo sobre arbitraje comercial (A/CN.9/207)

    3. Número de árbitros 67. El número de árbitros es quizá uno de los problemas que debería dejarse por entero a la discreción y acuerdo de las partes. No obstante, cabe considera la posibilidad de exigir un número impar de árbitros, como se hace, por ejemplo, en los párrafos 1) y 2) del artículo 5 de… Leer completo

  • Informe del grupo de trabajo sobre prácticas contractuales internacionales sobre la labor realizada en su tercer período de sesiones (A/CN.9/216).

    3. Número de árbitros Cuestión 3-7: ¿Debe contener la ley modelo alguna disposición preceptiva acerca del número de árbitros? Cuestión 3-8: ¿Deben incorporarse normas suplementarias para aquellos casos en que las partes no hayan acordado el número de árbitros? 46. Hubo acuerdo general en el sentido de que la ley modelo no debía contener ninguna disposición… Leer completo

  • Informe del Grupo de Trabajo sobre prácticas contractuales internacionales acerca de la labor realizada en su cuarto período de sesiones (A/CN.9/232).

    II. Examen de proyectos de artículos provisionales (1 a 36) […] C. ÁRBITROS […] Número y nombramiento de árbitros […] Artículo 14 78.  El texto del artículo 14 examinado por el Grupo de Trabajo fue el siguiente: Artículo 14 “1) Con sujeción a las disposiciones del artículo 13 2), las partes tienen libertad para determinar el… Leer completo

  • Informe del Grupo de Trabajo sobre prácticas contractuales internacionales acerca de la labor realizada en su quinto periodo de sesiones (A/CN.9/233).

    II. Examen del texto revisado de los artículos i a xxvi del proyecto de ley modelo sobre arbitraje comercial internacional (A/CN.9/WG.II/WP.40) D. COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL Artículo VII 92.El texto del artículo VII examinado por el Grupo de Trabajo fue el siguiente: Artículo VII “El número de árbitros será determinado libremente por las partes. Si… Leer completo

  • Informe del Grupo de Trabajo sobre la labor realizada en su sexto período de sesiones (A/CN.9/245).

    194. El texto del artículo VII aprobado por el Grupo de Trabajo fue el siguiente: “Artículo VII “1) El número de árbitros será determinado libremente por las partes. “2) Si las partes no lo determinan, los árbitros serán tres.” 195. El Grupo de Trabajo aprobó este artículo.

  • Informe del Grupo de Trabajo sobre prácticas contractuales internacionales acerca de la labor realizada en su séptimo periodo de sesiones (A/CN.9/246).

    CAPITULO III. COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL. Artículo 10 27. El texto del artículo 10 examinado por el Grupo de Trabajo era el siguiente: “Artículo 10. Número de árbitros “1) Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros. “2) A falta de tal acuerdo, los árbitros serán tres.” 28. El Grupo de Trabajo aprobó este… Leer completo

  • Proyecto de texto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional en su forma aprobada por el Grupo de Trabajo (A/CN.9/246–Anexo).

    CAPITULO III. COMPOSICIÓN TRIBUNAL ARBITRAL Artículo 10. Número de árbitros 1) Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros. 2) A falta de tal acuerdo, los árbitros serán tres.

  • Informe del Secretario General: Compilación analítica de las observaciones formuladas por gobiernos y organizaciones internacionales acerca del proyecto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional (A/CN.9/263).

    CAPITULO III.   COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL El capítulo en su conjunto 1. Polonia apoya el principio fundamental de la autonomía de las partes en que se basa este capítulo. 2. La República Democrática Alemana opina que los plazos establecidos en los artículos 11 y 13 son demasiado breves y deben ampliarse. 3. La República Federal de… Leer completo

  • Adición al Informe del Secretario General: Compilación analítica de las observaciones formuladas por gobiernos y organizaciones internacionales acerca del proyecto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional (A/CN.9/263-Add.1).

    CAPITULO III. COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL Artículo 10 Número de árbitros 1. El Sudán propone que, en interés de la comprensión y la claridad, se añada el siguiente nuevo párrafo al artículo 10: “3) Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 1) del presente artículo, si el tribunal arbitral está constituido por más de… Leer completo

  • Informe del Secretario General: Comentario Analítico sobre el Proyecto de Texto de una Ley Modelo sobre Arbitraje Comercial Internacional (A/CN.9/264).

    Artículo 10. Número de árbitros 1) Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros. 2) A falta de tal acuerdo, los árbitros serán tres. REFERENCIAS A/CN.9/216, párrs. 46 a 48 A/CN.9/232, párrs. 78 a 82 A/CN.9/233, párrs. 92 y 93 A/CN.9/245, párrs. 194 y 195 A/CN.9/246, párrs. 27 y 28 COMENTARIO 1. El artículo 10… Leer completo

Precedentes jurisdiccionales

  • Caso 20

    El demandante, una empresa de Hong Kong, pidió al tribunal que nombrara un segundo árbitro, basándose en un contrato con otra empresa de Hong Kong que contenía una cláusula de arbitraje. El contrato se refería a la venta de harina de soja f.0.b. Dalian, ciudad de China que se dijo constituía el lugar de entrega.… Leer completo

  • Caso 177

    El caso se refería a una cláusula de arbitraje contenida en un contrato celebrado por las partes. La cláusula establecía el nombramiento de un árbitro por cada una de las partes y de un árbitro con facultad decisoria que sería nombrado conjuntamente por los otros dos árbitros. El apelante trató de recurrir a la cláusula… Leer completo

  • Caso 568

    Según los estatutos de una asociación, todas las controversias entre la asociación y uno de sus miembros habían de remitirse a una “junta honoraria” que se consideraba como un tribunal arbitral a los efectos de los artículos 1034 y siguientes del Código Alemán de Procedimiento Civil (en adelante ZPO), basados en los artículos 10 y… Leer completo

Países

  • Argentina

    Art. 22.- Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros. A falta de tal acuerdo, los árbitros serán tres (3).  

  • Chile

    Artículo 10.- Número de árbitros. 1) Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros. 2) A falta de tal acuerdo, los árbitros serán tres.

  • Costa Rica

    Artículo 10.- Número de árbitros 1) Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros, siempre que sea impar. 2) A falta de tal acuerdo, se designará un solo árbitro.

  • España

    Artículo 12. Número de árbitros. Las partes podrán fijar libremente el número de árbitros, siempre que sea impar. A falta de acuerdo, se designará un solo árbitro.

  • Guatemala

    Artículo 13. Número de árbitros. 1) Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros. 2) A falta de tal acuerdo, los árbitros serán tres, salvo que el monto en controversia no exceda de cincuenta mil quetzales (Q. 50, 000,00), en cuyo caso, a falta de acuerdo, el árbitro será uno.

  • Honduras

    Artículo 42. – Número de Árbitros. Las partes determinarán el número de árbitros que, en todo caso, será impar. A falta de acuerdo de las partes los árbitros serán tres si la controversia es de mayor cuantía, o uno si es de menor cuantía.

  • México

    Artículo 1426.- Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros. A falta de tal acuerdo, será un solo árbitro.

  • Nicaragua

    Artículo 31.- Número de árbitros. Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros que deberá ser siempre un número impar. A falta de tal acuerdo, los árbitros serán tres.

  • Paraguay

    Artículo 12.- Número de árbitros. Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros, el cual deberá ser impar. A falta de tal acuerdo, los árbitros serán tres.

  • Perú

    Artículo 19o.- Número de árbitros. Las partes podrán fijar libremente el número de árbitros que conformen el tribunal arbitral. A falta de acuerdo o en caso de duda, serán tres árbitros.

  • Puerto Rico

    Artículo 3.01. – Número de árbitros Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros.  A falta de tal acuerdo, los árbitros serán tres.

  • República Dominicana

    Artículo 14.- Número de Árbitros. 1) Las partes podrán determinar libremente el número de árbitros, siempre que sea impar. 2) A falta de tal acuerdo, se designará un solo árbitro.

  • Uruguay

    Artículo 10.- (Número de árbitros).- 1) Las partes podrán acordar el número de árbitros. 2) A falta de tal acuerdo, los árbitros serán tres.

1 Comments

  1. Invitado 1 el abril 13, 2021 a las 1:56 pm

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