Artículo 15. Nombramiento de un árbitro sustituto

Cuando un árbitro cese en su cargo en virtud de lo dispuesto en los artículos 13 ó 14, o en los casos de renuncia por cualquier otro motivo o de remoción por acuerdo de las partes o de expiración de su mandato por cualquier otra causa, se procederá al nombramiento de un sustituto conforme al mismo procedimiento por el que se designó al árbitro que se ha de sustituir.

Comentarios del autor

  • 21.1. PROCEDIMIENTO DE SUSTITUCIÓN DE UN ÁRBITRO

    Para sustituir a un árbitro debe seguirse el mismo procedimiento convencional o legal que se siguió para designar al árbitro sustituido. Tanto el Grupo de Trabajo como la Secretaría se preocuparon por la posibilidad de que alguna de las partes utilizara este mecanismo de manera abusiva.443 El abuso puede consistir en la conducta obstruccionista de… Leer completo

Trabajos preparatorios

  • Informe de la CNUDMI sobre la labor realizada en su 18° período de sesiones (A/40/17).

    Artículo 15. Nombramiento de un árbitro sustituto 146. El texto del artículo 15 que examinó la Comisión era el siguiente: “Cuando un árbitro cese en su cargo en virtud de lo dispuesto en los artículos 13 ó 14, o en los casos de renuncia por cualquier otro motivo o de remoción por acuerdo de las partes… Leer completo

  • Acta resumida de la 315ª sesión de la CNUDMI (A/CN.9/SR.315).

    Artículo 15. Nombramiento de un árbitro sustituto 12. El Sr. SEKHON (India) dice que el texto propuesto por el grupo de redacción ad hoc para el artículo 14 entraña la supresión en el artículo 15 de las palabras «o en los casos de renuncia por cualquier motivo o de remoción por acuerdo de las partes». Además, el artículo 15… Leer completo

  • Acta resumida de la 330ª sesión de la CNUDMI (A/CN.9/SR.330).

    Artículo 15. Nombramiento de un árbitro sustituto (continuación) (A/CN.9/XVIII/CRP.11). 12. El Sr. HERRMANN (Subdivisión de Derecho Mercantil Internacional) dice que el documento que se está examinando (A/CN.9/XVIII/CRP.11) se preparó antes de que la Comisión llegara a una decisión definitiva sobre el texto del artículo 14. Sin embargo, como se decidió dejar el artículo 14 en su forma original, la… Leer completo

  • Nota de la Secretaría: Ley modelo sobre arbitraje comercial internacional. Proyecto de artículos 1 a 24 sobre ámbito de aplicación, acuerdo de arbitraje, árbitros y procedimiento arbitral (A/CN.9/WG.II/WP.37).

    III. Árbitros […] Artículo 12 En caso de que se revoque el mandato de un árbitro o en caso de su muerte o renuncia durante el trámite del procedimiento arbitral, se nombrará un árbitro sustituto de conformidad con las disposiciones aplicables al nombramiento del árbitro sustituido, a menos que las partes acuerden otro procedimiento para… Leer completo

  • Nota de la Secretaría: Ley Modelo sobre arbitraje comercial internacional. Proyectos de artículo revisados I a XXVI (A/CN.9/WG.II/WP.40).

    D. COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL Artículo XII En el caso de fallecimiento o renuncia de un árbitro o de que se revoque su mandato en virtud de lo dispuesto en el artículo X o en el artículo XI, se procederá al nombramiento de un sustituto conforme al procedimiento aplicable al nombramiento del árbitro sustituido, salvo… Leer completo

  • Documentos de trabajo presentados al Grupo de Trabajo en su sexto período de sesiones: Ley modelo sobre arbitraje comercial internacional. Nuevo texto de los artículos I a XII sobre ámbito de aplicación, disposiciones generales, el acuerdo de arbitraje y los tribunales y composición del tribunal arbitral: nota de la secretaría (A/CN.9/WG.II/WP.45).

    Artículo XII28 En el caso de que se termine el mandato de un árbitro en virtud de lo dispuesto en el artículo X o en el artículo XI, o en el caso de su fallecimiento o renuncia, se procederá al nombramiento de un sustituto conforme al procedimiento aplicable al nombramiento del árbitro sustituido, salvo acuerdo… Leer completo

  • Nota de la Secretaría: Proyecto de texto compuesto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional (A/CN.9/WG.II/WP.48).

    Artículo 15. Nombramiento de un árbitro sustituto [En el caso de que un árbitro cese en su cargo en virtud de lo dispuesto en los artículos 13 ó 14, o debido a su renuncia por cualquier otro motivo,] se procederá al nombramiento de un sustituto conforme al mismo procedimiento por el que se designó al… Leer completo

  • Informe del Grupo de Trabajo sobre prácticas contractuales internacionales acerca de la labor realizada en su cuarto período de sesiones (A/CN.9/232).

    II. Examen de proyectos de artículos provisionales (1 a 36) […] C. ÁRBITROS Requisitos, recusación (y sustitución) […] Artículo 12 70. El texto del artículo 12 examinado por el Grupo de Trabajo fue el siguiente: Artículo 12 “En caso de que se revoque el mandato de un árbitro o en caso de su muerte o… Leer completo

  • Informe del Grupo de Trabajo sobre prácticas contractuales internacionales acerca de la labor realizada en su quinto periodo de sesiones (A/CN.9/233).

    II. Examen del texto revisado de los artículos i a xxvi del proyecto de ley modelo sobre arbitraje comercial internacional (A/CN.9/WG.II/WP.40) D. COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL […] Artículo XII 118. El texto del artículo XII que examinó el Grupo de Trabajo fue el siguiente: Artículo XII “En el caso de fallecimiento o renuncia de un… Leer completo

  • Informe del Grupo de Trabajo sobre la labor realizada en su sexto período de sesiones (A/CN.9/245).

    Artículo XII 217. El texto del artículo XII examinado por el Grupo de Trabajo fue el siguiente: “Artículo XII “En el caso de que se termine el mandato de un árbitro en virtud de lo dispuesto en el artículo X o en el artículo XI, o en el caso de su fallecimiento o renuncia, se… Leer completo

  • Informe del Grupo de Trabajo sobre prácticas contractuales internacionales acerca de la labor realizada en su séptimo periodo de sesiones (A/CN.9/246).

    Artículo 15 46. El texto del artículo 15 examinado por el Grupo de Trabajo fue el siguiente: “Artículo 15. Nombramiento de un árbitro sustituto [En el caso de que un árbitro cese en su cargo en virtud de lo dispuesto en los artículos 13 ó 14, o debido a su renuncia por cualquier otro motivo,]… Leer completo

  • Proyecto de texto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional en su forma aprobada por el Grupo de Trabajo (A/CN.9/246–Anexo).

    Artículo 15. Nombramiento de un árbitro sustituto Cuando un árbitro cese en su cargo en virtud de lo dispuesto en los artículos 13 ó 14, o en los casos de renuncia por cualquier otro motivo o de remoción por acuerdo de las partes o de expiración de su mandato por cualquier otra causa, se procederá… Leer completo

  • Informe del Secretario General: Compilación analítica de las observaciones formuladas por gobiernos y organizaciones internacionales acerca del proyecto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional (A/CN.9/263).

    Artículo 15 Nombramiento de un árbitro sustituto 1. Chipre interpreta que las palabras “conforme al mismo procedimiento” se refieren al procedimiento establecido en los párrafos 2) y 3) del artículo 11, y no considera que ello sea satisfactorio, pues dicho procedimiento se aplicaría al nombramiento inicial de todos los árbitros y no al de un… Leer completo

  • Adición al Informe del Secretario General: Compilación analítica de las observaciones formuladas por gobiernos y organizaciones internacionales acerca del proyecto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional (A/CN.9/263-Add.1).

    Artículo 15 Nombramiento de un árbitro sustituto El Sudán, observando que el artículo 15 no prevé un plazo para el nombramiento de un árbitro sustituto, propone que se añadan, después de las palabras “se procederá al nombramiento de un sustituto”, las siguientes palabras: “siempre que ese nombramiento se haga dentro de un mes contado desde… Leer completo

  • Informe del Secretario General: Comentario Analítico sobre el Proyecto de Texto de una Ley Modelo sobre Arbitraje Comercial Internacional (A/CN.9/264).

    Artículo 15. Nombramiento de un árbitro sustituto Cuando un árbitro cese en su cargo en virtud de lo dispuesto en los artículos 13 ó 14, o en los casos de renuncia por cualquier otro motivo o de remoción por acuerdo de las partes o de expiración de su mandato por cualquier otra causa, se procederá al… Leer completo

Precedentes jurisdiccionales

  • Caso 622

    El apelante presentó una petición a la corte a fin de impedir el nombramiento de un árbitro en sustitución del árbitro designado inicialmente, que había dictado un laudo que se había anulado. El tribunal inferior había dictaminado que el árbitro designado inicialmente era “incapaz de actuar” y había permitido que el demandado procurara el nombramiento… Leer completo

  • Caso 662

    En el caso de que se trataba, la cuestión principal era cómo debía proceder un tribunal arbitral ante un árbitro obstruccionista. La controversia surgió a raíz de un contrato de trabajo que incluía una cláusula compromisoria. Después de la audiencia, el árbitro nombrado por el demandante no firmó la transcripción de la audiencia, ni comunicó… Leer completo

  • Caso 1352

    Una sociedad chipriota solicitó al tribunal judicial la anulación de un laudo dictado por el Tribunal de Arbitraje Comercial Internacional de la Cámara de Comercio e Industria de la Federación de Rusia, con arreglo al cual se le exigía pagar fondos a una sociedad rusa en relación con un acuerdo de compra de bienes en… Leer completo

Países

  • Argentina

    Art. 34.- Cuando un árbitro cese en su cargo en virtud de lo dispuesto en los Capítulos 4 o 5 de este Título, o en los casos de renuncia por cualquier otro motivo o de remoción por acuerdo de las partes o de expiración de su mandato por cualquier otra causa, se procederá al nombramiento… Leer completo

  • Chile

    Artículo 15.- Nombramiento de un árbitro sustituto. Cuando un árbitro cese en su cargo en virtud de lo dispuesto en los artículos 13 ó 14, o en los casos de renuncia por cualquier otro motivo o de remoción por acuerdo de las partes o de expiración de su mandato por cualquier otra causa, se procederá… Leer completo

  • Costa Rica

    Artículo 15.- Nombramiento de un árbitro sustituto Cuando un árbitro cese en su cargo, en virtud de lo dispuesto en los artículos 13 o 14, o en los casos de renuncia por cualquier otro motivo, o de remoción por acuerdo de las partes o de expiración de su mandato por cualquier otra causa, se procederá… Leer completo

  • España

    Artículo 20. Nombramiento de árbitro sustituto. 1. Cualquiera que sea la causa por la que haya que designar un nuevo árbitro, se hará según las normas reguladoras del procedimiento de designación del sustituido. 2. Una vez nombrado el sustituto, los árbitros, previa audiencia de las partes, decidirán si ha lugar a repetir actuaciones ya practicadas.

  • Guatemala

    Artículo 19. Nombramiento de un árbitro sustituto. Cuando un árbitro cese en su cargo en virtud de lo dispuesto en los artículos 17 ó 18, o en los casos de renuncia por cualquier otro motivo o de remoción por acuerdo de las partes o de expiración de su mandato por cualquier otra causa, se procederá… Leer completo

  • Honduras

    Artículo 50.- No aceptación de la recusación. […] Si él arbitro se abstuviere de conocer del caso o aceptare la recusación, se procederá a su reemplazo en la misma forma en que hubiere sido designado el arbitro que deba sustituirse.

  • México

    Artículo 1431.- Cuando un árbitro cese en su cargo en virtud de lo dispuesto en los artículos 1429 o 1430, renuncia, remoción por acuerdo de las partes o terminación de su encargo por cualquier otra causa, se procederá al nombramiento de un sustituto conforme al mismo procedimiento por el que se designó al árbitro que… Leer completo

  • Nicaragua

    Artículo 37.- Nombramiento de un árbitro sustituto. Cuando un árbitro cese de su cargo por renuncia, remoción expiración de su mandato o por cualquier otra causa, por acuerdo de las partes, se procederá al nombramiento de un árbitro sustituto utilizando el mismo procedimiento por el cual se designó al árbitro que se ha de sustituir.

  • Paraguay

    Artículo 18.- Arbitro sustituto. Si las partes no hubieran procedido de acuerdo con lo que dispone el Artículo 17, cuando por cualquier motivo deje de ejercer sus funciones un árbitro, procederán a designar un árbitro sustituto, conforme al mismo procedimiento por el que se designó al árbitro que se ha de reemplazar.

  • Perú

    Artículo 31o.- Árbitro sustituto. 1. Salvo disposición distinta de este Decreto Legislativo, a falta de acuerdo entre las partes se sigue el procedimiento inicialmente previsto para el nombramiento del árbitro sustituido. 2. Producida la vacancia de un árbitro, se suspenderán las actuaciones arbitrales hasta que se nombre un árbitro sustituto, salvo que las partes decidan… Leer completo

  • Puerto Rico

    Artículo 3.06. – Nombramiento de un árbitro sustituto Cuando un árbitro cese en su cargo en virtud de lo dispuesto en los Artículos 3.04 ó 3.05 de esta Ley, o en los casos de renuncia por cualquier otro motivo o de remoción por acuerdo de las partes o de expiración de su mandato por cualquier… Leer completo

  • República Dominicana

    Artículo 19.- Nombramiento de un Árbitro Sustituto. Cuando un árbitro cese en su cargo, en virtud de los Artículos 16 ó 18, o en los casos de renuncia por cualquier otro motivo, o de remoción por acuerdo de las partes, o de expiración de su mandato por cualquier otra causa, se procederá al nombramiento de… Leer completo

  • Uruguay

    Artículo 15.- (Nombramiento de un árbitro sustituto).- Cuando un árbitro cese en su cargo en virtud de lo dispuesto en los artículos 13 o 14, o en los casos de renuncia por cualquier otro motivo o de remoción por acuerdo de las partes o de expiración de su mandato por cualquier otra causa, se procederá… Leer completo

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