Artículo 5. Alcance de la intervención judicial

En los asuntos que se rijan por la presente Ley, no intervendrá ningún tribunal salvo en los casos en que esta Ley así lo disponga.

Comentarios del autor

  • 10.1. INTRODUCCIÓN

    Desde que hizo un bosquejo de lo que podría ser la Ley Modelo, la Secretaría reconoció que uno de los temas más delicados y complejos era demarcar la intervención judicial en el arbitraje (A/CN.9/207, párr. 21). La limitación de la intervención judicial en materia arbitral tiene como finalidad permitir una mayor celeridad procesal (A/40/17, párr.… Leer completo

  • 10.2. ASUNTOS REGIDOS POR LA LEY MODELO

    El propósito original del art. 5° fue obligar a los redactores de la LM a enunciar los casos de control judicial (A/CN.9/WG.II/WG.40, art. III). Desde un inicio, dicho artículo tuvo un ámbito de aplicación distinto al de la ley, en virtud de que la ley aplica al “arbitraje comercial internacional”, mientras que el art. 5°… Leer completo

  • 10.3. ALCANCE LIMITADO DE LA INTERVENCIÓN JUDICIAL

    Con base en los casos de intervención y asistencia judicial señalados, este autor considera que el método para determinar en qué casos es necesaria la intervención judicial es el siguiente: La regla general es que el juez no tiene competencia sobre los asuntos sometidos a arbitraje (art. 1424, CCo; art. 8°, LM). Sin embargo, esa limitante se refiere… Leer completo

  • 10.4. ¿ES FACTIBLE AMPLIAR LA INTERVENCIÓN JUDICIAL?

    El delegado del Reino Unido propuso incluir una disposición en la LM que facultase a las partes para pactar una mayor intervención judicial en un arbitraje (A/CN.9/SR.309, párr. 5). La Comisión no llegó a una conclusión respecto a esta propuesta y el art. 50 se aprobó sin dicha modificación. A la luz de la redacción definitiva del… Leer completo

Trabajos preparatorios

  • Informe de la CNUDMI sobre la labor realizada en su 18° período de sesiones (A/40/17).

    58. El texto del artículo 5 examinado por la Comisión fue el siguiente: “En los asuntos que se rigen por la presente Ley, no intervendrá ningún tribunal salvo en los casos en que esta Ley así lo disponga.” 59. Se expresaron opiniones divergentes en cuanto a la conveniencia de esta disposición. El debate se centró… Leer completo

  • Acta resumida de la 309ª sesión de la CNUDMI (A/CN.9/SR.309).

    Artículo 5. Alcance de la intervención del tribunal 1. Sir Michael MUSTILL (Reino Unido) dice que la supervisión judicial del proceso arbitral es un tema de importancia primordial. El Reino Unido enunció su posición sobre la materia en sus observaciones por escrito, reproducidas en el documento A/CN.9/263/Add.2, y no es su propósito repetirla. Todos convendrán en que es… Leer completo

  • Acta resumida de la 332ª sesión de la CNUDMI (A/CN.9/SR.332).

    Artículos 3 a 5 5. Quedan aprobados los artículos 3 a 5 sin modificaciones.

  • Nota de la Secretaría: Proyecto de texto compuesto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional (A/CN/.9/WG.II./WP.48).

    [Artículo 5. Alcance de la intervención del tribunal En los asuntos que se rijan por la presente Ley, [relativos a las actuaciones arbitrales o a la composición del tribunal arbitral, los tribunales ejercerán funciones de supervisión o de asistencia sólo en los casos] [no intervendrá ningún tribunal salvo en los casos] en que esta Ley… Leer completo

  • Nota de la Secretaría: Ley Modelo sobre arbitraje comercial internacional. Proyectos de artículo revisados I a XXVI (A/CN.9/WG.II/WP.40).

    C. EL ARBITRAJE Y LOS TRIBUNALES [Articulo  III En los asuntos que se rigen por la presente Ley no intervendrá ningún tribunal salvo en casos en los que esta ley prevea dicha intervención.] 8

  • Documentos de trabajo presentados al Grupo de Trabajo en su sexto período de sesiones: Ley modelo sobre arbitraje comercial internacional. Nuevo texto de los artículos I a XII sobre ámbito de aplicación, disposiciones generales, el acuerdo de arbitraje y los tribunales y composición del tribunal arbitral: nota de la secretaría (A/CN.9/WG.II/WP.45).

    [Artículo III En los asuntos que se rijan por la presente ley no intervendrá ningún tribunal, salvo en casos en los que esta ley prevea dicha intervención14].

  • Informe del Secretario General: Posibles características de una ley modelo sobre arbitraje comercial (A/CN.9/207).

    21. En vista de lo dicho, uno de los problemas más delicados y complejos en la preparación de una ley modelo será el de establecer un equilibrio entre el interés de las partes de determinar libremente el procedimiento a seguir y los intereses del sistema jurídico del que se espera que otorgue reconocimiento y efectos.… Leer completo

  • Informe del Grupo de Trabajo sobre prácticas contractuales internacionales acerca de la labor realizada en su quinto periodo de sesiones (A/CN.9/233).

    II. Examen del texto revisado de los artículos i a xxvi del proyecto de ley modelo sobre arbitraje comercial internacional (A/CN.9/WG.II/WP.40) C. EL ARBITRAJE Y LOS TRIBUNALES. Articulo III 69. El texto del artículo III examinado por el Grupo de Trabajo fue el siguiente: [Artículo III “En los asuntos que se rijan por la presente… Leer completo

  • Informe del Grupo de Trabajo sobre la labor realizada en su sexto período de sesiones (A/CN.9/245).

    Artículo III 183. El texto del artículo III examinado por el Grupo de Trabajo fue el siguiente: “[Artículo III “En los asuntos que se rijan por la presente ley no intervendrá ningún tribunal, salvo en casos en los que esta ley prevea dicha intervención.]” 184. El Grupo de Trabajo decidió aplazar su decisión final sobre… Leer completo

  • Informe del Grupo de Trabajo sobre prácticas contractuales internacionales acerca de la labor realizada en su séptimo periodo de sesiones (A/CN.9/246).

    Artículo 5 183. El texto del artículo 5 examinado por el Grupo de Trabajo era el siguiente: “[Artículo 5. Alcance de la intervención del tribunal “En los asuntos que se rijan por la presente Ley [relativos a las actuaciones arbitrales o a la composición del tribunal arbitral, los tribunales ejercerán funciones de supervisión o de… Leer completo

  • Proyecto de texto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional en su forma aprobada por el Grupo de Trabajo (A/CN.9/246–Anexo).

    Artículo 5. Alcance de la intervención del tribunal En los asuntos que se rijan por la presente Ley, no intervendrá ningún tribunal salvo en los casos en que esta Ley así lo disponga.

  • Informe del Secretario General: Compilación analítica de las observaciones formuladas por gobiernos y organizaciones internacionales acerca del proyecto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional (A/CN.9/263).

    Artículo 5 Alcance de la intervención del tribunal 1. Noruega apoya firmemente el principio de que la propia Ley Modelo enumera de manera expresa y exhaustiva los casos en que pueden intervenir los tribunales.  Es más, opina que es importante reducir al mínimo las posibilidades de intervención por parte de los tribunales. 2. La República de… Leer completo

  • Adición al Informe del Secretario General: Compilación analítica de las observaciones formuladas por gobiernos y organizaciones internacionales acerca del proyecto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional (A/CN.9/263-Add.1).

    Artículo 5 Alcance de la intervención del tribunal El AALCC propone que se sustituya el título del Artículo 5 por “Limitación de la intervención del tribunal”.

  • Adición al Informe del Secretario General: Compilación analítica de las observaciones formuladas por gobiernos y organizaciones internacionales acerca del proyecto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional (A/CN.9/263-Add.2).

    Intervención judicial: artículo 5 19. Si bien el artículo 5 se introdujo en una fase comparativamente tardía de las deliberaciones del Grupo de Trabajo, se ha considerado con razón como un intento valioso de reflejar la filosofía en que se basa la ley Modelo.  El Reino Unido reconoce la conveniencia de una declaración inequívoca que permita… Leer completo

  • Adición al Informe del Secretario General: Compilación analítica de las observaciones formuladas por gobiernos y organizaciones internacionales acerca del proyecto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional (A/CN.9/263-Add.3)

    Observaciones acerca de los artículos […] Artículo 5 22. Si bien trata una cuestión delicada, la de la supervisión de los tribunales sobre el arbitraje, Egipto está a favor de que se mantenga este artículo pues, al limitar esta supervisión a los casos previstos por la Ley Modelo, pone orden en la disparidad de las… Leer completo

  • Informe del Secretario General: Comentario Analítico sobre el Proyecto de Texto de una Ley Modelo sobre Arbitraje Comercial Internacional (A/CN.9/264).

    Artículo 5. Alcance de la intervención del tribunal En los asuntos que se rigen por la presente Ley, no intervendrá ningún tribunal salvo en los casos en que esta Ley así lo disponga. REFERENCIAS A/CN.9/233. párrs. 69 a 73 A/CN.9/245, párrs. 183 a 184 A/CN.9/246, párrs. 183 a 188 COMENTARIO 1. Este artículo hace referencia a… Leer completo

Precedentes jurisdiccionales

  • Caso 13

    Cuando se lleva a cabo un arbitraje fuera del Canadá, de conformidad con el párrafo 2 del artículo l, no se aplicarán los artículos 5 y 16. GPA (una empresa alemana) celebró un contrato con Mareda (una empresa estadounidense) para diseñar, fabricar, entregar y poner en funcionamiento un sistema de transferencias. Este contrato contenía referencias… Leer completo

  • Caso 16

    El nivel de examen adecuado de los laudos arbitrales es el que mantiene la autonomía del foro escogido por las partes y reduce al mínimo la intervención judicial. Quintette, empresa canadiense, convino en suministrar carbón al demandado, empresa japonesa. Su acuerdo preveía que toda controversia contractual se sometería a arbitraje vinculante con arreglo al derecho… Leer completo

  • Caso 182

    En febrero de 1990, la OACI celebró un contrato con Tripal para el diseño, la construcción y la instalación de un aeropuerto en Hanoi (Viet Nam). El contrato contenía una cláusula de arbitraje, así como una cláusula que protegía cualquier inmunidad que pudiera corresponder a la OACI. Tras el inicio de las actuaciones de arbitraje… Leer completo

  • Caso 357

    Las partes celebraron acuerdos de franquicia y de concesión de licencias en virtud de los cuales las controversias habrían de someterse a arbitraje. Se recurrió a arbitraje a causa de una controversia y las partes no se pusieron de acuerdo sobre las cuentas presentadas por el demandado acerca de los gastos de las personas que… Leer completo

  • Caso 383

    El demandante (la Deco) compró un sistema de transferencia automática producido por el demandado (la GPA), una empresa alemana. El sistema fue entregado en el otoño de 1986. No se resolvieron las diferencias entre las partes y, el 9 de mayo de 1988, la GPA presentó una demanda en la Corte de Arbitraje de la… Leer completo

  • Caso 513

    El demandante canadiense había obtenido cobertura de seguro de Catlin, entidad inglesa que más adelante quiso rescindir la cobertura basándose en que el asegurado no había revelado datos materiales. Al principio Catlin se sumó a un procedimiento arbitral contra el demandante iniciado por otras partes, pero más adelante prefirió iniciar un procedimiento arbitral diferente contra… Leer completo

  • Caso 513

    Las partes están vinculadas por una convención entre accionistas que contiene una cláusula de arbitraje. A raíz de una controversia, comienza un procedimiento arbitral, con arreglo a las reglas administrativas de la institución de arbitraje designada en la cláusula. Las partes no pudieron ponerse de acuerdo en cuanto a la composición del Tribunal arbitral, y… Leer completo

  • Caso 601

    El demandante presentó una solicitud de suspensión de los procedimientos arbitrales, motivada por la conducta irrazonable del demandado, que se había negado a explicar cuál era su residencia social, con lo que evitaba que se incluyeran los gastos de seguridad entre los gastos del arbitraje. El caso se refería a la jurisdicción del tribunal para… Leer completo

  • Caso 692

    La demandante y el demandado entablaron actuaciones arbitrales en Londres en relación con la copropiedad de un navío. La demandante había prestado su conformidad a una suspensión de la instancia judicial en el mismo asunto ante un tribunal de Hong Kong, sobre la base del artículo 8 1) de la LMA. Puesto que el navío… Leer completo

  • Caso 1175

    La parte actora (una empresa australiana) y la parte demandada (una empresa india) concertaron un acuerdo por escrito. El acuerdo contenía una cláusula según la cual todas las diferencias se someterían a arbitraje, con un procedimiento que “se conformará a las disposiciones del ‘Instituto de Árbitros y Mediadores de Australia’ (‘IAMA’) … [y el] lugar… Leer completo

  • Caso 1431

    Las partes habían celebrado un contrato en que se preveía la solución de toda controversia por medio de arbitraje. Dos de ellas habían enviado un aviso de arbitraje. Poco después de que se dictara un laudo parcial, el tercero que concurría en las actuaciones solicitó un mandamiento judicial por el que se impidiera seguir con… Leer completo

  • Caso 1468

    Este caso se refiere principalmente a la aplicación del principio de contradicción (natural justice) en los procesos arbitrales. El demandante y el demandado celebraron un contrato para la ejecución de un proyecto de construcción. El demandante (en calidad de subcontratista del demandado) no concluyó el encargo en la fecha acordada y el demandado rescindió el… Leer completo

  • Caso 1761

    La demandada, una empresa constructora, firmó un contrato con el demandante para construir una planta de co-generación. Una parte del pago total estaba vinculada a una cláusula según la cual el importe no podía ser ajustado (en adelante, “el acuerdo de importe fijo”). El contrato de construcción también incluía un acuerdo de arbitraje en virtud… Leer completo

Países

  • Argentina

    Art. 12.- En los asuntos que se rijan por la presente ley, no intervendrá ningún tribunal salvo en los casos en que esta ley así lo disponga.

  • Chile

    Artículo 5o.- Alcance de la intervención del tribunal. En los asuntos que se rijan por la presente ley, no intervendrá ningún tribunal salvo en los casos en que esta ley así lo disponga.

  • Costa Rica

    Artículo 5.- Alcance de la intervención del tribunal En los asuntos que se rijan por la presente ley no intervendrá ningún tribunal, salvo en los casos en que esta ley así lo disponga.

  • España

    Artículo 7. Intervención judicial. En los asuntos que se rijan por esta ley no intervendrá ningún tribunal, salvo en los casos en que ésta así lo disponga.

  • Guatemala

    Artículo 8. Alcance de la intervención del tribunal. En los asuntos que se rigen por la presente ley, no intervendrá ningún tribunal, salvo en los casos en que esta ley así lo disponga.

  • Honduras

    Artículo 36.- Competencia y auxilio judicial. En cuanto a la competencia y auxilio judicial, se adoptan las reglas siguientes: 1) […] Ningún otro tribunal o instancia podrá intervenir, salvo que esta Ley así lo autorizare expresamente; y,

  • México

    Artículo 1421.- Salvo disposición en contrario, en los asuntos que se rijan por el presente título, no se requerirá intervención judicial.

  • Nicaragua

    [No existe una disposición igual o similar.]

  • Paraguay

    Artículo 8°.- Improcedencia de la intervención del órgano judicial. Salvo disposición en contrario, en los asuntos que se rijan por la presente ley, no procederá la intervención judicial.

  • Perú

    Artículo 3o.- Principios y derechos de la función arbitral. 1. En los asuntos que se rijan por este Decreto Legislativo no intervendrá la autoridad judicial, salvo en los casos en que esta norma así lo disponga. 2. El tribunal arbitral tiene plena independencia y no está sometido a orden, disposición o autoridad que menoscabe sus… Leer completo

  • Puerto Rico

    Artículo 1.07. – Alcance de la intervención del tribunal En los asuntos que se rijan por la presente Ley no intervendrá ningún tribunal, salvo en los casos en que esta Ley así lo disponga.

  • República Dominicana

    Artículo 8.- Alcance de la Intervención del Tribunal. En los asuntos que se rijan por la presente ley, no intervendrá tribunal judicial alguno, salvo en los casos en que esta ley así lo disponga.

  • Uruguay

    Artículo 5.- (Alcance de la intervención del tribunal).- En los arbitrajes que se rijan por la presente ley no intervendrá ningún tribunal salvo en los casos en que esta ley así lo disponga.

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