Caso 1014
El demandante inició un procedimiento de arbitraje, de conformidad con el capítulo 11 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), en relación con ciertos derechos de agua. En una fase preliminar del procedimiento, el tribunal arbitral se declaró incompetente porque los derechos de agua del demandante no eran inversiones de su propiedad en el sentido de las disposiciones pertinentes de TLCAN. El demandante solicitó una orden de nulidad de la decisión del tribunal sobre su competencia arguyendo que el tribunal había incurrido en error en los siguientes puntos: i) al permitir al demandado poner en duda afirmaciones objetivas que figuraban en la petición del demandante; ii) al constatar que el demandante no era el propietario de sus derechos de agua, y iii) al determinar hechos sin contar con todas las pruebas. El tribunal desestimó la solicitud y observó que el criterio de examen de las sentencias arbitrales internacionales era alto, y que dichas sentencias no eran nulas solamente porque el tribunal hubiera decidido, erróneamente, acerca de un punto de hecho o de derecho. Por ello se negó a examinar el fondo de la decisión del tribunal arbitral relativa a la competencia. El tribunal sostuvo, además, que la sentencia arbitral no ponía en peligro el orden público, pues la conducta del tribunal arbitral no se había caracterizado por la corrupción, el soborno ni el fraude, ni había sido contraria a la moralidad fundamental de ningún otro modo. Finalmente, el tribunal concluyó que se había dado al demandante amplia oportunidad de presentar sus argumentos y de abordar la práctica del tribunal arbitral de no tener por verdaderos los hechos alegados.
Caso 1014: LMA 5, 18, 19, 34 2) a) ii), 34 2) a) iii), 34 2) b) ii) - Canadá: Tribunal Superior de Justicia de Ontario, Núm. 07-CV-340139-PD2, Bayview Irrigation District #11 v. Estados Unidos Mexicanos (5 de mayo de 2008), resumen preparado por Frédéric Bachand, consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/102.