Caso 1042

El demandante se opuso a la solicitud presentada por el demandado de una remisión a arbitraje de la actuación judicial por dos motivos. En primer lugar, el demandante sostuvo que una parte de lo que reclamaba no estaba comprendida en la cláusula compromisoria que figuraba en el contrato celebrado entre las partes, ya que no surgía de ese contrato principal, sino de un acuerdo que resolvía una controversia surgida a raíz del contrato principal. En segundo lugar, y en relación con los demás aspectos de su reclamación, el demandante adujo que el demandado había renunciado a acogerse a la cláusula compromisoria al admitir -durante las actuaciones judiciales- el derecho del demandante a percibir algunas de las cantidades reclamadas. El Tribunal rechazó ambas objeciones. En cuanto a la primera, el Tribunal se basó en la jurisprudencia del Tribunal Supremo del Canadá a la vez que decidió que la cuestión de la aplicabilidad de la cláusula compromisoria tendría que ser resuelta en primer lugar por el tribunal arbitral. En cuanto a la segunda cuestión, el Tribunal estimó que el hecho de que el demandado admitiera el derecho del demandante a percibir algunas de lascantidades reclamadas no podía interpretarse como una renuncia a la cláusula compromisoria.

Caso 1042: CNY II 3); LMA 8 1), 16 1) - Canadá: Tribunal de Apelación de Quebec, Núm. 500-09-017986-076 (500-05-076503-042), Bombardier Transportation c. SMC Pneumatics (UK) Ltd. (4 de mayo de 2009), resumen preparado por Frédéric Bachand, consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/106.