Caso 1076
Tres personas físicas (que actuaban como un consorcio en una operación de privatización) entablaron un procedimiento de arbitraje ante la Corte Permanente de Arbitraje vinculada a la Cámara de Comercio de Serbia3 contra el Organismo de Privatización de la República de Serbia.
El Organismo impugnó la competencia de la Corte Permanente de Arbitraje, cuya presidencia, en una decisión separada, la había declarado competente. El Organismo impugnó también esa decisión, ante el Tribunal Comercial de Belgrado, pidiéndole que anulara el laudo. El Tribunal de Comercio rechazó esa petición, señalando que solamente podía anularse un laudo arbitral sobre el fondo. En la apelación, el Tribunal Comercial Superior de Belgrado ratificó el fallo de primera instancia.
Al revisar ese fallo, el Tribunal Supremo revocó y dejó sin efecto la decisión de la Corte Permanente de Arbitraje. Dictaminó que, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 2) de la Ley de Arbitraje de Serbia (que se ajusta a lo dispuesto en el artículo 16 3) de la LMA), cualquiera de las partes tiene derecho a solicitar la anulación de otras decisiones sobre la competencia del tribunal arbitral. Según el Tribunal Supremo, la interpretación teleológica y sistemática de esa Ley significa que, para que se inicie un escrutinio con arreglo a lo dispuesto en el artículo 30 2), la parte debe entablar una acción para que se anule la decisión, del mismo modo que debe iniciar tal acción para que se anule el laudo definitivo, conforme al artículo 57 de la Ley de Arbitraje.
Caso 1076: LMA 16 3) - Serbia: Tribunal Supremo de Serbia, Decisión 350/08, Organismo de Privatización de la República de Serbia v. Sres. X, Y y Z (1 de octubre de 2008), resumen preparado por Vladimir Pavic, consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/108.