Caso 1247
En este caso se dilucidaban dos cuestiones: i) si un tribunal judicial podía prestar asistencia a un tribunal arbitral para obligar a terceros a revelar documentos de prueba antes de la vista del arbitraje; y ii) si el tribunal arbitral era competente para exigir que se presentara un acuerdo confidencial celebrado entre una de las partes en la controversia y un tercero.
Los demandantes entablaron el procedimiento de arbitraje con arreglo a una póliza de seguro en la que figuraba una cláusula compromisoria: los aseguradores se negaban a indemnizar por las pérdidas derivadas de un proyecto de construcción. El tribunal arbitral resolvió: i) que se le presentase para que lo inspeccionara un acuerdo confidencial celebrado entre los demandantes y sus corredores de seguros (es decir, una parte ajena al procedimiento de arbitraje); ii) que se interrogase a los empleados (incluidos antiguos empleados) de los corredores de seguros para que revelasen pruebas; y iii) que los demandados (es decir, los aseguradores) podían solicitar asistencia al Tribunal de la Sala Suprema (Queen’s Bench) de Alberta a fin de obtener los interrogatorios para la revelación de pruebas.
El tribunal judicial, observando que la competencia del tribunal arbitral “es limitada y debe derivarse de una cláusula legítima incluida en el acuerdo de arbitraje o de la ley”, consideró que la Ley de arbitraje comercial internacional (la “Ley”) no autorizaba a interrogar a terceros para que revelasen pruebas. Con respecto a la presentación del documento sujeto a un acuerdo de confidencialidad, el juez dictaminó que el artículo 19 de la LMA permitía al tribunal arbitral decidir el procedimiento que seguiría y por ello el tribunal arbitral podía exigir que se presentase el documento a pesar de la obligación que tenían los demandantes con los corredores de seguros de no hacerlo sin su consentimiento.
En segunda instancia, el Tribunal de Apelación avaló el razonamiento del tribunal arbitral de que el acuerdo de arbitraje permitía interrogar a terceros para que revelasen pruebas, de acuerdo con las Normas de Alberta (el lugar del arbitraje era Alberta). El Tribunal se remitió al artículo 19 de la LMA, que exige que el arbitraje se lleve a cabo con arreglo al acuerdo de las partes o, a falta de acuerdo, del modo que el tribunal considere apropiado. Además, el Tribunal señaló que, de acuerdo con el Comentario analítico (una herramienta interpretativa para aplicar la Ley Modelo), el tribunal arbitral tenía bastante libertad para adoptar normas procesales, lo que incluía la competencia para adoptar específicamente “principios probatorios adecuados para el procedimiento”. Además, en el Comentario se dice expresamente, en relación con el artículo 19 de la LMA, que el tribunal arbitral está facultado para exigir la revelación de pruebas antes de la vista. Aunque las partes no pueden por acuerdo entre ellas facultarse para tomar declaración a un tercero, la Ley Modelo autoriza al tribunal arbitral a solicitar la asistencia de un tribunal judicial para practicar pruebas de un modo que se ajuste a la legislación del lugar del arbitraje. Es perfectamente admisible interpretar que, al permitir que se solicite asistencia para la práctica de pruebas, el artículo 27 de la Ley Modelo incluye también el interrogatorio para la revelación de las pruebas. El tribunal judicial examinará entonces los motivos de esa solicitud y debe quedar convencido de que la solicitud es aceptable y resulta coherente con sus prácticas. En el caso en cuestión, el Tribunal de Apelación llegó a la conclusión de que el tribunal arbitral estaba compuesto por juristas experimentados e informados que habían determinado que, a los efectos del procedimiento de arbitraje, era necesaria esa fase de revelación de pruebas, de acuerdo con las prácticas de Alberta en la materia.
Por lo que se refiere a la presentación de un acuerdo confidencial celebrado con un tercero, el Tribunal de Apelación confirmó la conclusión del juez del tribunal inferior y reafirmó que el tribunal arbitral era competente para decidir si debía autorizarse o no la presentación de ese acuerdo, cuando el documento resultaba pertinente para el caso.
Caso 1247: LMA 19; 27 - Canadá: Tribunal de Apelación de Alberta, [2006] ABCA 18 Jardine Lloyd Thompson Canada Inc. c. SJO Catlin (18 de enero de 2006), consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/130.