Caso 1421
En este caso, se entendió que el juez encargado de la ejecución forzosa de un laudo arbitral no podía examinar la validez del acuerdo de arbitraje. No obstante, se denegó la ejecución por falta de notificación del laudo. En el caso, solo constaba un intento frustrado de notificación. En opinión del tribunal, la notificación de los laudos no podía rebajar las garantías que debían observarse para la notificación de las sentencias, o lo que era lo mismo, no se podía tener por notificado un laudo atendiendo a argumentos que no sirvieran para tener notificada una sentencia.
Caso 1421: [LMA 3; 31 4); 34 2)] - España: Audiencia Provincial de Madrid (Sección 19a), Núm. 241/2006 (27 de septiembre de 2006), resumen preparado por María del Pilar Perales Viscasillas, consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/151.