Caso 1445
Se celebró un contrato entre un vendedor ruso (el demandante) y un comprador belaruso (el demandado) en virtud del cual se vendió cierta mercadería proveniente del depósito del vendedor, situado en Moscú, con arreglo a las condiciones Ex Works (EXW) de las Reglas internacionales para la interpretación de los términos comerciales (Incoterms) de 2000. En el contrato se preveían entregas parciales de mercadería y pagos diferidos con un plazo de 90 días civiles contados a partir de la fecha en que las remesas se despacharan al comprador desde el depósito del vendedor. El demandante había despachado dos remesas a la dirección del demandado. El comprador las había aceptado, pero había pagado la primera solo en parte y tampoco había pagado totalmente la segunda. Considerando que se habían infringido sus derechos, el vendedor presentó una demanda ante el Tribunal de Arbitraje para reclamar al comprador el pago de la mercadería entregada.
El demandado informó por escrito al Tribunal de Arbitraje de que no reconocía su competencia en lo concerniente a la expiración del contrato relacionado con la controversia.
El Tribunal de Arbitraje, tras examinar la objeción del demandado, se declaró competente para dirimir la controversia y falló en favor del demandante, ordenando que el demandado le pagara determinada suma por la mercadería entregada. El tribunal razonó de la manera que se indica a continuación. Según la cláusula compromisoria del contrato, todas las controversias, desacuerdos o reclamaciones emanadas de este o relacionadas con él, entre otras cosas con respecto a su ejecución, incumplimiento, rescisión o nulidad, competían al Tribunal de Arbitraje. Se preveía que, en caso de incumplimiento de las obligaciones de las partes, el contrato habría de prorrogarse hasta que esas obligaciones se cumplieran. Como el objeto de la controversia planteada era el cumplimiento de una obligación que había surgido en relación con el abastecimiento de mercadería con arreglo a las condiciones del contrato, este seguiría en vigor hasta que se cumpliese la obligación. Por otra parte, de conformidad con el artículo 16, párrafo 1, de la Ley de Arbitraje Comercial Internacional de la Federación de Rusia de 7 de julio de 1993 (compatible con el artículo 16 de la LMA), a efectos de pronunciarse acerca de la competencia del tribunal de arbitraje, una cláusula compromisoria que formara parte del contrato debía considerarse un acuerdo independiente de las demás condiciones contractuales. Por consiguiente, la nulidad del contrato no entrañaba la nulidad de la cláusula compromisoria. En este caso el contrato debía prorrogarse aunque hubiese habido incumplimiento. En virtud del artículo 16, párrafo 1, de la Ley de Arbitraje Comercial Internacional, aun cuando el plazo del contrato hubiese expirado, la expiración no haría caducar una obligación emanada de él ni la cláusula compromisoria aplicable a esa obligación.
Caso 1445: LMA 16 1) - Federación de Rusia: Tribunal de Arbitraje Comercial Internacional, Cámara de Comercio e Industria de la Federación de Rusia, 53/2012 (12 de diciembre de 2012), resumen preparado por A. N. Zhiltsov, consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/154.