Caso 1538
Se celebró un acuerdo entre un banco (el comprador o demandante) y una empresa de alquiler de automóviles (el vendedor), en virtud del cual, el banco adquirió un grupo de empresas pertenecientes al vendedor.
El comprador (el demandante) entabló un proceso arbitral, alegando que el vendedor había hecho afirmaciones engañosas, falsas y fraudulentas, exagerando el valor de los negocios de las empresas en cientos de millones de dólares de los Estados Unidos. En su defensa, el vendedor aportó, entre otras cosas, el testimonio de un tercero perteneciente a una empresa de auditoría (el demandado en el caso que se examina). Según el comprador, los elementos probatorios en que se apoyaba su demanda seguían en posesión de ese tercero.
Durante el proceso arbitral, el tribunal de arbitraje señaló que los documentos “eran o podían ser pertinentes para las cuestiones objeto de controversia que debían dilucidarse en el proceso arbitral y autorizó a las partes a que pidieran [al tercero] que, si fuera necesario, aportara esos documentos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Arbitraje de 1996”.
El demandante solicitó al tribunal nacional competente (el Tribunal) que ordenara que la empresa de auditoría presentara los documentos con arreglo a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Arbitraje de 1996. El vendedor no apoyó la petición ni se opuso a ella.
El Tribunal determinó que la cuestión jurídica que había que dilucidar era si el Tribunal estaba facultado, con arreglo a la Ley de Arbitraje de 1996, a ordenar que un tercero [es decir, una persona que no fuera parte en el proceso arbitral en cuestión] presentara los documentos.
Si bien el demandado alegó que el artículo 43 de la Ley de Arbitraje de 1996 no facultaba al tribunal nacional a ordenar que una de las partes o un tercero presentaran documentación, el demandante argumentó lo contrario, habida cuenta de que esa disposición se derivaba del artículo 27 de la LMA relativa a la práctica de pruebas.
Aunque el Tribunal confirmó que el artículo 27 de la LMA trataba de la “obtención de pruebas” declaró que “en la Ley Modelo no hay nada que indique que el Tribunal debe contribuir al proceso de presentación de documentos”. Teniendo en cuenta que la petición del demandante no se refería a la presentación de documentos concretos, sino a una amplia categoría de documentos, el Tribunal estimó que la formulación de la petición era demasiado amplia para enmarcarse en el artículo 43 y, por consiguiente, la desestimó.
Caso 1538: LMA 27 - Reino Unido: Tribunal Superior de Inglaterra y Gales, Queen’s Bench Division, Tribunal Mercantil, 2003/946, BNP Paribas y Ors. v. Deloitte & Touche LLP (28 de noviembre de 2003), consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/164.