Caso 388
Temiskaming es un hospital público en New Liskeard, Ontario. La Integrated Medical Networks, Inc. (en adelante “la Integrated”) es una sociedad anónima establecida con arreglo a las leyes del estado de Delaware. Su establecimiento está en Texas. La IMN es una empresa de responsabilidad limitada, organizada de acuerdo con las leyes del estado de Texas, donde realiza sus operaciones comerciales.
La IMN garantizó las obligaciones de la Integrated con arreglo a tres contratos. En noviembre de 1995, la Integrated y Temiskaming celebraron tres contratos en los que se estipulaba que la Integrated suministraría equipo y programas informáticos a Temiskaming. Los contratos contenían dos secciones, una titulada “Reparaciones” y otra titulada “Solución de controversias”. En la primera se detallaban supuestos de incumplimiento que facultarían a una de las partes para iniciar un procedimiento judicial contra la otra. En la segunda sección se remitían todas las controversias a arbitraje en Texas de conformidad con el reglamento de la Asociación de Arbitraje de los Estados Unidos.
En agosto de 1997, el demandante entabló una acción en Ontario, reclamando al demandado daños y perjuicios por incumplimiento de contrato y declaración falsa, y presentó una declaración según la cual el demandante tenía derecho a considerar extinguidas sus obligaciones emanadas de los contratos con la Integrated. El demandado respondió con una moción de sobreseimiento de conformidad con el artículo 8 de la LMA.
El tribunal judicial desestimó la moción. Si bien reconoció que la política legal de Ontario era favorable al arbitraje, sostuvo que la cuestión principal era determinar si esa controversia podía ser remitida a arbitraje con arreglo a los términos del contrato. El tribunal sostuvo que el contrato no era ambiguo ya que permitía la apertura de actuaciones judiciales en determinados supuestos de incumplimiento que se indicaban en el contrato, y remitía a arbitraje todas las demás controversias. En el caso considerado, el tribunal judicial dictaminó que la demanda invocaba los supuestos de incumplimiento indicados, por lo que la cláusula de arbitraje no era aplicable. Dado que el artículo 8 de la LMA requiere que haya un litigio sobre un asunto que es objeto de un acuerdo de arbitraje, el tribunal judicial se vio obligado a dilucidar este punto antes de examinar si procedía o no el arbitraje.
Caso 388: LMA 8 - Canadá: Ontario Court of Justice (Kiteley J.), Temiskaming Hospital v. Integrated Medical Networks, Inc. (31 de marzo de 1998), consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/34.