Caso 438
La decisión atañe a una solicitud para el nombramiento de un árbitro por el tribunal judicial.
El demandante había iniciado actuaciones arbitrales contra el demandado ante la Asociación de Comercio de Productos Básicos de Bavaria (Bayerische Warenbörse) en Munich. La cantidad reclamada se basaba en cuatro contratos diferentes, de los cuales solamente uno contenía una cláusula compromisoria que preveía el “arbitraje en Munich”. Como las partes no estaban de acuerdo acerca del significado de esta cláusula y de la existencia de cláusulas compromisorias en los demás contratos, no pudieron llegar a un acuerdo sobre un árbitro. Como consecuencia de ello, el demandante solicitó al tribunal judicial que nombrara a un árbitro único.
Este tribunal se negó a hacer el nombramiento ya que, a su juicio, no existía ningún acuerdo de arbitraje válido. En tanto que el demandante deseaba que se realizara un arbitraje con un árbitro único en la sede de la Asociación de Comercio de Productos Básicos de Bavaria, el demandado siempre quiso que el arbitraje se ajustara a las normas de la Asociación de Comercio de Productos Básicos de Baviera, que, entre otras cosas, preveían un procedimiento de recurso especial.
El tribunal dictaminó que la falta de acuerdo en relación con una cuestión tan fundamental como las normas que debían aplicarse hacía que los acuerdos de arbitraje concluidos fueran inválidos.
Caso 438: LMA 11 3) - Alemania: Bayerisches Oberstes Landesgericht, 4Z SchH 1/99 (4 de junio de 1999), resumen preparado por Stefan Kröll, consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/38..