Caso 44
El demandante intentó juicio a los demandados pidiendo daños y perjuicios por pérdida y daños de su carga transportada conforme a un conocimiento de embarque emitido por el primero de los demandados en Hong Kong. El conocimiento de embarque, sometido a las Reglas de La Haya-Visby, contenía una cláusula compromisoria por la que se preveía el arbitraje en China con arreglo a la ley china y una cláusula de prórroga competencia a favor de los tribunales chinos.
Los demandados pidieron la suspensión de las actuaciones a favor del arbitraje en China o, en caso contrario, la suspensión en razón de la cláusula de prórroga de competencia y/ o del forum non conveniens.
El tribunal declaró que la cláusula compromisoria constituía un acuerdo escrito de arbitraje válido. Apartándose de una anterior decisión de la High Court en sentido contrario, a saber, Hissan Trading Co. Ltd. con Orkin Shipping Corporation [véase A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/2, caso 43], el tribunal estimó que, aunque el conocimiento de embarque está firmado por ambas partes y no podía decirse que la cláusula compromisoria en él contenida fuera un acuerdo escrito de arbitraje en el sentido del párrafo 2 del artículo 7 de la Ley Modelo de la CNUDMI sobre arbitraje, el material remitido por una parte a la otra tras la celebración del acuerdo de arbitraje podía constituir una constancia de ese acuerdo. En este caso se demostró de manera concluyente mediante la presentación de ese material que las partes habían acordado celebrar un arbitraje en China.
Como el conocimiento contenía tanto una cláusula compromisoria como una cláusula de prórroga de competencia, el tribunal se ocupó de la posible nulidad de la cláusula compromisoria. Se estimó que el demandante tenía la opción de procurar el arbitraje o el litigio en China. Como el demandante optó por un método de solución de controversias no previsto en el conocimiento de embarque, a saber, la litigación en Hong Kong, quedaba pendiente de los demandados ejercitar esa opción. Al pedir una suspensión de las actuaciones de conformidad con el articulo 8 de la Ley Modelo, los demandados optaron por el arbitraje en China. El tribunal concedió la suspensión de las actuaciones.
Caso No 44: Ley Modelo de la CNUDMI sobre arbitraje, artículos 7 2); 8 - Hong Kong: High Court of Hong Kong (Kaplan J.), William Company con Chu Kong Agency Co. Ltd. y Guangzhou Ocean Shipping Company Publicado (17 de febrero de 1993), resumen preparado por la Secretaría, consultable en A/CN.9/SER.C/ ABSTRACTS/2.