Caso 454
Esta decisión se refiere a la impugnación de un árbitro por falta de las calificaciones acordadas.
El caso se planteó a raíz de un acuerdo de arrendamiento, el acuerdo de arbitraje para el cual disponía que los árbitros habían de ser miembros de la Industrie und Handelskammer, IHK (Cámara de Industria y Comercio alemana). El arrendador inició actuaciones de arbitraje y nombró como su árbitro el vicepresidente de la IHK, el cual no era miembro de la Cámara. El demandado afirmó que no se necesitaban actuaciones de arbitraje porque se sostuvo que se había llegado a un acuerdo, pero anunció que si se continuaban las actuaciones, nombraría como árbitro a un conocido profesor. El demandante replicó que había que nombrar al profesor y que ambos árbitros debían tratar de ponerse de acuerdo en un presidente. El árbitro propuesto por el demandante rechazó el nombramiento y el demandante designó como nuevo árbitro a un hombre de negocios que no era miembro de la IHK. Además, el demandante impugnó al árbitro del demandado por falta de las calificaciones acordadas.
El árbitro rehusó dimitir dado que, en su opinión, el abogado del demandante lo había aceptado antes como árbitro en una declaración por escrito y, con ello, revisado el acuerdo de arbitraje. Añadió que el árbitro escogido por el demandante tampoco era miembro de la IHK. El demandante solicitó al Tribunal Superior Regional de Dresden que destituyera al árbitro por carecer de las calificaciones acordadas y por su parcialidad, demostrada por la declaración de éste acerca de una revisión del acuerdo de arbitraje.
El tribunal estimó que el acuerdo de arbitraje había sido revisado por las partes por lo que se refiere a la pertenencia de los árbitros a la IHK dado que ambas nombraron árbitro sin esa afiliación y los aceptaron recíprocamente (el solicitante explícitamente en su declaración escrita, el demandado tácitamente al no formular objeción alguna al respecto). Además, declaró que la finalidad de la cláusula relativa a la pertenencia a la Cámara era garantizar que los árbitros tuvieran la experiencia suficiente y que ambos árbitros escogidos satisfacieran este objetivo respecto de su profesión. El Tribunal dictaminó también que el árbitro escogido por el demandado no podía ser impugnado. La afirmación sobre la revisión del acuerdo de arbitraje proponía una posible interpretación del nombramiento de los dos árbitros que no eran miembros de la IHK. Puesto que esta interpretación es compatible con la dada por el Tribunal, no puede ser calificada de parcial. Por lo tanto, se desestimó la impugnación de uno de los árbitros por parte del arrendador.
Caso 454: LMA 11 4); 12 - Alemania: Oberlandesgericht Dresden, 11 Sch 2/00 (20 de febrero de 2001), resumen preparado por Stefan Kröll, consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/40.