Caso 504
Todas las partes participaban en el comercio de diamantes de América del Norte, y los demandantes habían concertado acuerdos de venta en consignación con los proveedores demandados. Aunque los acuerdos contenían cláusulas de arbitraje, los demandantes alegaban que las cláusulas de arbitraje no eran de aplicación porque los demandados habían formulado falsas declaraciones en el momento de la contratación, lo cual, en su opinión, había hecho que los contratos fueran nulos ab initio, incluidas las cláusulas de arbitraje. Remitiéndose a los artículos 8 y 16 1) de la Ley Modelo, el Tribunal confirmó la tesis de separabilidad según la cual el presunto carácter nulo y sin efecto del contrato en cuestión no influía en la validez independiente de la cláusula de arbitraje incluida en el contrato. Además, el Tribunal estimó que la redacción de la cláusula (“todas las controversias derivadas del presente acuerdo”) era suficientemente amplia para abarcar las numerosas reclamaciones de cuasidelito formuladas por los demandantes. Además, el Tribunal estimó que la determinación del ámbito de la cláusula de arbitraje correspondía más apropiadamente al árbitro y que el Tribunal no debería ocuparse de la cuestión a menos que “sea claro que la controversia de que se trata queda fuera del ámbito de la disposición de arbitraje”.
Caso 504: LMA 8; 16 1) - Canadá: Tribunal Superior de Justicia de Ontario (Croll J.), D.G. Jewelry Inc. y otros contra Cyberdiam Canada Ltd. y otros. (17 de abril de 2002), resumen preparado por Geneviève Saumier, consultable en A/CN.9/SER.C/ ABSTRACTS/44.