Caso 564
La controversia se planteó a raíz de un contrato de compraventa de productos agrícolas que preveìa el arbitraje con arreglo a las Reglas de Intercambio de Productos Básicos para la Alemania Central. Las reglas eran ambiguas sobre quién (el principal funcionario ejecutivo de la Lonja de Productos Básicos o cada una de las partes) tenía derecho a nombrar a los miembros de tribunal. Habiendo el principal funcionario ejecutivo nombrado al tribunal, el demandante recurrió al Tribunal Superior Regional de Dresden para que se declarasen inadmisibles las actuaciones con arreglo al § 1032 2) del Código de Procedimiento Civil Alemán (en adelante ZPO), dado que no se había nombrado a su candidato. El demandante pidió además al Tribunal que nombrara a su candidato.
El Tribunal rechazó ambas peticiones. En cuanto a la primera, el Tribunal estimó que, a la luz del § 1032 1) del ZPO, basado en el artículo 8 1) de la LMA, se necesitaba una alegación de que el acuerdo de arbitraje era nulo e inválido, inoperante o imposible de ejecutar para declarar inadmisibles las actuaciones. Puesto que no se habían aducido esas pretensiones, la acción quedaba frustrada. Además, el Tribunal falló que, a falta de toda disposición en las reglas de arbitraje de la Lonja de Productos Básicos, las impugnaciones se regían por los §§ 1036 y 1037 del ZPO, basados en los artículos 12 y 13 de la LMA. Esas disposiciones requieren que se dé al tribunal arbitral así como al árbitro recusado la posibilidad de opinar sobre los motivos en que se funde la parte para la impugnación. Como ése no había sido aún el caso, el Tribunal Superior Regional consideró que la petición de que se nombrara a un árbitro se había presentado antes de que el demandante tuviese derecho a hacerlo.
Caso 564: LMA 12; 13 - Alemania: Oberlandesgericht Dresden, 11 Sch 2/01 (22 de febrero de 2001), resumen preparado por Stefan Kröll y Marc-Oliver Heidkamp, consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/49.