Caso 583
El demandante, Guns N’Roses, había terminado de repente un concierto, prometiendo que reembolsaría parcialmente el precio de las entradas. Los poseedores de entradas habían entablado una acción de grupo contra la empresa de producción, Productions Musicales Donald K. Donald Inc. (el demandado), a fin de obtener el reembolso de una parte del precio de la entrada. A su vez, el demandante entabló una acción colateral de garantía accesoria en apelación contra el demandado. La principal cuestión de la apelación era determinar si una cláusula de arbitraje válida contenida en el contrato entre el demandante y el demandado privaba a la Corte de jurisdicción para entender en el asunto y decidir sobre la acción incidental de garantía.
La Corte observó que, según el artículo 943.1 de CCP (y el artículo 16 de la LMA), los árbitros ostentaban la competencia exclusiva para decidir si la cláusula de arbitraje abarcaba la controversia. La Corte examinó la aplicabilidad de la cláusula de arbitraje en el contexto del procedimiento de garantía y llegó a la conclusión de que una Corte normalmente no tendría jurisdicción para decidir esa controversia, debido a la cláusula de arbitraje concertada entre las partes. Ahora bien, remitiéndose a AGS Industries Inc. v. Corporation Superseal [1983] 1 SCR 781, la Corte declaró que el artículo 71 de CCP disponía que la acción incidental de garantía debía presentarse a la Corte mientras la acción principal estaba pendiente. Como la única causa de la demanda era la conducta indebida del demandante durante el procedimiento, la Corte llegó a la conclusión de que sería manifiestamente injusto obligar al demandado a enfrentarse él solo con una demanda de reembolso ante el Tribunal Supremo. Por esa razón, la Corte llegó a la conclusión de que tenía jurisdicción para entender en la demanda de garantía y consiguientemente desestimó la apelación.
Caso 583: LMA 7 1); 16 1) - Canadá: Corte de Apelación de Quebec (Vallerand, Rothaman y Mailhot JJ.A.), Clavel v. Productions Musicales Donald K Donald Inc. (18 de mayo de 1994), consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/52.