Caso 622
El apelante presentó una petición a la corte a fin de impedir el nombramiento de un árbitro en sustitución del árbitro designado inicialmente, que había dictado un laudo que se había anulado. El tribunal inferior había dictaminado que el árbitro designado inicialmente era “incapaz de actuar” y había permitido que el demandado procurara el nombramiento de un nuevo árbitro, sobre la base de los artículos 14 1) y 15 de la LMA.
La corte de apelación examinó la cuestión de las consecuencias de la anulación de un laudo. Hizo una importante distinción entre un acuerdo “general” de arbitraje y un acuerdo “específico” de remitir al arbitraje una controversia ya existente. En el primer caso, el acuerdo subsiste tras la anulación de un laudo y las partes pueden elegir nuevos árbitros y actuar como si no hubiera existido un procedimiento anterior. En el segundo caso, la decisión de anular el laudo coloca a las partes en la situación en la que estaban inmediatamente antes de concertar ese acuerdo específico.
La corte concluyó que al anularse el laudo, las partes habían quedado en la posición en que estaban en el momento en que se planteó la controversia y quedaban liberadas del acuerdo de arbitraje original. Las partes podían, si así lo acordaban, celebrar un nuevo acuerdo de arbitraje, o bien presentar su controversia al tribunal del Estado.
Se falló a favor del apelante.
Caso 622: LMA 14 1); 15 - Canadá: Corte de Apelación de Columbia Británica (Seaton, Macfarlane & Esson AJJ.), PZ Resort System Inc. v. Ian Macdonald Library Services Ltd. (11 de junio de 1987), consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/56.