Caso 653
Bancomer S.A. promovió un juicio de amparo (recurso especial de protección de las garantías constitucionales individuales) contra la resolución de un tribunal inferior por la que se había declarado válida la cláusula compromisoria de un contrato entre su cedente y Samsung Telecommunications America, Inc. Alegó que la cláusula compromisoria, que remitía en términos generales a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, infringía los principios de orden público, pues provocaba inseguridad jurídica. Alegó, además, que cuando una parte se negaba a nombrar el árbitro que le correspondía, la controversia no podía someterse a arbitraje.
El Tribunal Colegiado confirmó la resolución del tribunal inferior afirmando que la cláusula compromisoria, que remitía explícitamente a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, no infringía principio alguno de orden público. El Tribunal Colegiado precisó también que, en caso de que una parte no designara el árbitro que le correspondía, el árbitro había de nombrarse con arreglo a las disposiciones de la sección IV del artículo 1427 del Código de Comercio (concordante con el párrafo 4) del artículo 11 de la LMA).
Caso 653: LMA 11 4) - México, Decimotercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, expdte. DC 827/2000-13, Bancomer, S.A. (sucesor y cedente de Almacenadora Bancomer, S.A. de C.V.) v. Samsung Telecommunications America, Inc. (25 de enero de 2001), resumen preparado por José María Abascal Zamora y Cecilia Flores Rueda, consultable en A/CN.9/SER.C/ABSTRACTS/60.