Acta resumida de la 311ª Sesión de la CNUDMI (A/CN.9/SR.311)
11. El Sr. HERRMANN (Subdivisión de Derecho Mercantil Internacional) opina que un escrito de demanda y la correspondiente contestación constituirían un intercambio de cartas a efectos de ese artículo. Comparte la opinión de que un extracto de las actas de un tribunal arbitral constituiría un acuerdo por escrito si lo hubiesen firmado las partes. A falta de acuerdo específico de arbitraje entre las partes, cualquiera de ellas tendría derecho a impugnar la competencia del tribunal arbitral con arreglo al párrafo 2) del artículo 16, y el hecho de no hacerlo implicaría la aceptación de la autoridad del tribunal arbitral.