Acta resumida de la 317ª Sesión de la CNUDMI (A/CN.9/SR.317)
44. El Sr. STALEV (Observador de Bulgaria) dice que es necesario considerar las consecuencias del párrafo 2) del artículo 16 respecto de los procedimientos de anulación y de reconocimiento y ejecución de los laudos arbitrales. Propone que se enmiende el párrafo 2) del artículo 16 para dejar en claro que la prohibición de que las partes opongan una excepción de incompetencia dos veces, se aplica no solamente a las actuaciones de arbitraje sino también a las actuaciones para la anulación y para el reconocimiento y ejecución de laudos.
45. El Sr. BONELL (Italia) dice que esta cuestión debe ser abordada por legisladores nacionales al margen de la ley modelo.
46. El Sr. HOLTZMANN (Estados Unidos de América) dice que su delegación siempre ha supuesto que si no se presenta una objeción respecto de la competencia o el ámbito de aplicación de un laudo durante las actuaciones de arbitraje, estas cuestiones no podrán ser planteadas por vez primera por la parte perdedora en las actuaciones de conformidad con el artículo 34.
47. El Sr. ROEHRICH (Francia) dice que su delegación entiende lo contrario. Sería más prudente dejar el texto en su forma actual.