Acta resumida de la 333ª sesión de la CNUDMI (A/CN.9/SR.333).
Párrafo 1) del artículo 34
26. Queda aprobado el párrafo 1) del artículo 34.
Párrafo 2) del artículo 34
27. El PRESIDENTE dice que, en la versión inglesa, «Court» debe reemplazarse por «court«.
28. El Sr. GRIFFITH (Australia) observa que en el apartado ii) del inciso a) del párrafo 1) del artículo 36 se utiliza la expresión «árbitro (o árbitros)» y pegunta si en el apartado ii) del inciso a) del párrafo 2) del artículo 34 no debería incorporarse la misma expresión.
29. El Sr. HERRMANN (Subdivisión de Derecho Mercantil Internacional) sugiere que la concordancia podría lograrse mejor modificando el apartado ii) del inciso a) del párrafo 2) del artículo 36 que modificando el apartado ii) del inciso a) del párrafo 2) del artículo 34. El importante principio implícito es que debe notificarse a las partes el nombramiento de cada uno de los árbitros. Si bien «del árbitro» es la expresión en la Convención de Nueva York de 1958, sería mejor utilizar una redacción diferente a fin de dejar el punto absolutamente claro.
30. El Sr. ROEHRICH (Francia) apoya las observaciones del representante de la Secretaría.
31. Queda aprobado el párrafo 2) del artículo 34.
Párrafos 3) y 4) del artículo 34
32. Quedan aprobados el párrafo 3) del artículo 34 y el párrafo 4) del artículo 34.
33. Queda aprobado el artículo 34 en su conjunto, a reserva de la pequeña modificación de redacción en la versión inglesa mencionada por el Presidente.
Artículo 35
34. Queda aprobado el artículo 35.
Artículo 36
35. El Sr. SAMI (Iraq) sugiere una enmienda a la versión árabe del apartado i) del inciso a) del párrafo 1) del artículo 36.
36. El PRESIDENTE dice que la Secretaría la tendrá en cuenta.
37. El Sr. GRIFFITH (Australia) dice suponer que en el apartado ii) del inciso a) del párrafo 1) del artículo 36, «del árbitro (o árbitros)» ha de enmendarse para que diga «de un árbitro».
38. El PRESIDENTE dice que eso es lo correcto.
39. Queda aprobado el párrafo 1) del artículo 36 en su forma enmendada.
Párrafo 2) del artículo 36
40. Queda aprobado el párrafo 2) del artículo 36.
41. Queda aprobado el artículo 36 en su conjunto, con la modificación introducida.