Adición al Informe del Secretario General: Compilación analítica de las observaciones formuladas por gobiernos y organizaciones internacionales acerca del proyecto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional (A/CN.9/263-Add.1).
Iniciación de las actuaciones arbitrales
El Canadá observa que el presente artículo constituye un ejemplo de la razón por la cual es muy importante que cada jurisdicción resuelva el asunto que figura en el inciso e) del artículo 2 referente a que “se considerará recibida” (en cuanto a las observaciones del Canadá sobre el inciso e) del artículo 2, véase el párr. 3 de la compilación de observaciones sobre el artículo 2). Se sugiere que se inserten en el artículo 21 las palabras “o se considerará recibido”, entre las palabras “haya recibido” y las palabras “el requerimiento de someter esa controversia a arbitraje”.