Nota de la Secretaría: Ley modelo sobre arbitraje comercial internacional. Proyecto de artículos 1 a 24 sobre ámbito de aplicación, acuerdo de arbitraje, árbitros y procedimiento arbitral (A/CN.9/WG.II/WP.37).
II. Acuerdo de Arbitraje
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4. Posibilidad de separación de la cláusula compromisoria12
Artículo 413
A los efectos de determinar si un tribunal arbitral es o no competente, una cláusula compromisoria que forme parte de un contrato se considerará como un acuerdo independiente de las demás estipulaciones del contrato. La decisión del tribunal arbitral de que el contrato es nulo no entrañará ipso iure la invalidez de la cláusula compromisoria.
12 Las deliberaciones y la conclusión del Grupo de Trabajo pueden verse en el párrafo 34 del documento A/CN.9/216.
13 Este proyecto de artículo está basado en el párrafo 2 del artículo 21 del Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI. El tema conexo sobre “Declinatoria de la competencia del árbitro” será tratado bajo el epígrafe V.4, conforme al esquema de clasificación adoptado en este informe. Sin embargo, podría muy bien combinarse posteriormente con la disposición relativa a la posibilidad de separación de la cláusula compromisoria.