Nota de la Secretaría: Proyecto de texto compuesto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional (A/CN/.9/WG.II./WP.48).
[Artículo 5. Alcance de la intervención del tribunal
En los asuntos que se rijan por la presente Ley, [relativos a las actuaciones arbitrales o a la composición del tribunal arbitral, los tribunales ejercerán funciones de supervisión o de asistencia sólo en los casos] [no intervendrá ningún tribunal salvo en los casos] en que esta Ley así lo disponga.]